TRAPITOS en Estadios de Fútbol.-
Proyecto de Ley.-
1. Prohíbase la actividad conocida como “cuidacoches y
trapitos” en todos los Estadios de fútbol de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
dicha prohibición quedará delimitada a veinticinco (25) cuadras a la redonda de
cada Estadio de la siguiente manera:
Estadios
C.A.B.A
a.
Club Atlético Boca Juniors:
Categoría: Primera A
Estadio Alberto J. Armando
Dirección: Brandsen 805
Radio comprendido por la prohibición: entre Au. 9 de Julio, Au 25 de Mayo, Au Buenos
Aires - la Plata y el Río.
b.- Club
Ferrocarril Oeste
Categoría: Primera B Nacional
Estadio Arquitecto Ricardo Etcheverri
Dirección:
Av. Avellaneda 1240
Radio comprendido por la prohibición: entre
Au. 25 de Mayo, avenida Nazca y su
continuación (A.v San Pedrito), avenida
Juan B. Justo, avenida San Martin y su
Continuación (Av. Díaz Vélez) y avenida
Castro Barros.-
c.- Club
Atlético Argentinos Juniors
Categoría: Primera B Nacional
Estadio Diego Armando Maradona
Dirección: Gavilán 2151
Radio comprendido por la prohibición: Av.
Lope de Vega (marcada en azul en el mapa), Av. Gaona y su continuación (Av. Angel Gallardo), Av.
Forest y Av. Beiro.-
d.- Club
Atlético San Lorenzo de Almagro
Categoría:
Primera A Nacional
Estadio Pedro Bidegain
Dirección: Av. Perito Moreno y Varela
Radio comprendido por la prohibición: Au. Presidente H. Cámpora, La
Au. 25 de Mayo, el Riachuelo y la Av. Saenz (incluida).
e.- Atlanta
Categoría: Primera B Nacional
Estadio Don León Kolbovsky
Dirección: Humboldt 374
Radio comprendido por la prohibición: Av.
San Martín y su continuación (Av. Díaz Vélez), Av. Beiro y su continuación (Av.
Los Incas), el corredor Av. Cabildo Viaducto Carranza y Av. Santa Fé y la Av.
Medrano.-
f.- Club
Atlético Nueva Chicago
Categoría: Primera B Nacional
Estadio República de Mataderos
Dirección: Justo Suárez 6900
Radio Comprendido por la prohibición: en
el triángulo formado por Au. Gral
Paz, Au. Luis Dellepiane y
Au. Perito Moreno.
g.- Club Atlético Huracán
Categoría: Primera B Nacional
Estadio Tomás Adolfo Ducó
Dirección: Av. Amancio Alcorta 2570
Radio Comprendido por la prohibición: Av. Saenz (incluida), Au. 25 de Mayo, la Au. 9 de Julio y el
Riachuelo.
h.- Club
Atlético Vélez Sarfield
Categoría: Primera A Nacional
Estadio José Amalfitani
Dirección: Av. Juan B. Justo 9200
Radio Comprendido por la prohibición: Au.
Gral Paz, Av. Beiro, la Au. Perito Moreno, la Av. Segurola y Av. Rivadavia.
i.- Club
Atlético River Plate
Categoría: Primera A Nacional
Estadio Monumental Antonio Vespusio
Liberti
Dirección Av. Figueroa Alcorta 7597
Radio Comprendido por la prohibición: Au. Gral. Paz, Int. Cantilo, y las Calles
Melian, Av. Monroe, Superi Av. Los Incas, Av. Luís María Campos y Olleros.-
(Marcadas de Azul en el mapa).
j.- Club
Atlético All Boys
Categoría: Primera B Nacional
Estadio Islas Malvinas
Dirección: Av. Álvarez Jonte 4180
Radio Comprendido por la prohibición: entre
Irigoyen, Av. Beiro (incluida), Av. Nazca y Av. Gaona.-
k.- Barracas
Central
Categoría: Primera B Metropolitana
Estadio Claudio Tapia
Dirección: Luna 1211
Radio
comprendido por la prohibición: Au. 25
de Mayo, Au. 9 de Julio, el Riachuelo y
la unión entre la Au. 25 de Mayo y el Riachuelo. Ésta unión (marcada en azul en
el mapa) está formada por Av. La plata, Av. Gral Fernández de la Cruz,
Av. Del Barco Centenera y la Av. Sáenz (incluida).
l.- Excursionistas
Categoría: Primera C
Estadio de Excursionistas
Dirección: La pampa 1376
Radio comprendido por la prohibición: entre
las Av. Crisólogo Larralde, El río, Av. Coronel Díaz y Av. Galván y su
continuación (Av. Álvarez Thomas).-
m.- Sacachispas
Categoría: Primera C
Estadio Beto Larosa
Dirección: Calle Lacarra y José Barros
Pazos
Radio comprendido por la prohibición:
entre Au. Gral. Paz, Av. 27 de Febrero, Au. Luis Dellepiane y la
Av. Varela y su continuación (Calle Varela).-
n.- Defensores
de Belgrano
Categoría: Primera C
Estadio Juan Pasquele
Dirección: Av. Comodoro Rivadavia 1450
Radio Comprendido por Au. Gral. Paz, Au.
Leopoldo Lugones, La Pampa y la unión entre Gral. Paz y La pampa. Formada por
las Calles Holmberg, Av. Congreso y Cramer.
o.- Club
Comunicaciones
Categoría:
Primera B Metropolitana
Estadio
Alfredo Ramos
Dirección:
Tinogasta y Julio Cortaza
Radio
comprendido por la prohibición: entre
Au. Gral. Paz, Av. Juan B. Justo, Av. Albarellos, Av. De los Constituyentes,
Av. Congreso, Av. Melian, Av. Monroe, Superi, Av. Los Incas y Av. Forest
(marcado en azul en el mapa).
Para mayor precisión adjuntamos mapas
respectivos de cada uno de los Estadios comprendidos.-
2.- Dicha prohibición se materializará los días
de partidos respectivos a la fecha según el fixture de la Asociación de Fútbol
Argentino y en eventos masivos cuando no hay fecha AFA (recitales, muestras,
etc).
3.- Modificase
el artículo 79 del Código Contravencional de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 79:- Quién ofrece de manera directa o
indirecta el servicio de cuidacoches dentro del perímetro de prohibición correspondiente a las
venticinco cuadras a la redonda de los Estadios de fútbol, de acuerdo a lo
especificado en el artículo 1 de la presente ley será sancionado con 20 días de arresto o multa
de cinco mil (5000 pesos) a veinte mil pesos (20.000 pesos).
Se duplicará la sanción para los organizadores o
“jefes de la empresa criminal barrabrava”
FUNDAMENTOS:
El flagelo de la violencia en el fútbol se ha
cobrado más de 250 vidas, la mayoría de ellas a manos de las empresas
criminales barrabravas que se han sofisticado con el paso del tiempo.
La delincuencia barrabrava o aquellos
delincuentes comunes que los días de partido se camuflan “detrás de la fiesta
en las tribunas” y se creen dueños de los estadios de fútbol utilizan como
fuente de financiación determinadas cuestiones relacionadas con el fútbol: la
reventa de entradas, el merchandising, los “trapitos” o cuidacoches entre
otros. Quienes manejan estos “negocios ilegales” son capaces de matar para
conservarlos; muchos de estos “negocios” son posibles por la connivencia con
autoridades políticas y policiales; otros son posibles porque un vacío legal
les permite apropiarse de los recursos que generan a punta de pistola si es
necesario. Quién combina la connivencia política y policial y el vacío legal son los cuidacoches o “trapitos” que se creen
dueños de los Estadios de fútbol y quienes actúan organizadamente, cumpliendo
órdenes y recaudando para los delincuentes barrabravas que ejercen la jefatura
de esa empresa criminal.
Es por ello, que en marco de nuestro compromiso
inclaudicable en contra de la violencia en el fútbol es que consideramos
imprescindible legislar de manera firme sobre las empresas criminales
barrabravas que manejan a los cuidadoches en las inmediaciones de los estadios,
y lo hacemos porque creemos que cortar esta caja de financiamiento de los
violentos es aportar desde la política a lograr el anhelo de erradicar a los
delincuentes barrabravas de los estadios
y de las calles y lograr que el fútbol, como el deporte tan caro a nuestro sentimiento
nacional que es, realmente sea un espacio de familia, de futuro y de paz y no
batallas campales comandadas por mercenarios que no aman a su club, sólo
quieren los negocios que los clubes generan.
Creemos que es desde la política desde donde se
transforma la realidad, y es por ello que hemos asumido este compromiso.
Por último, pretendemos que los fiscales tengan
herramientas para trabajan en el momento, sin necesidad de revictimizar a la
víctima y apelamos a su conducción en la investigación para no sólo arrestar a
los cuidacoches que estén cometiendo la contravención, si no para controlar a
las fuerzas de seguridad para que realicen el trabajo investigativo de manera
que tengamos resultados concretos y podamos detectar también a las manzanas
podridas dentro de las fuerzas de seguridad que permiten que estos negocios
ilegales proliferen y que impiden que podamos construir la seguridad que tanto
requieren los vecinos de la ciudad.